En el momento en que usted está leyendo esta información, los partidos con representación parlamentaria se están repartiendo 20,5 millones de euros destinados, según reza la orden publicada hoy en el BOE, a su "funcionamiento". De esta cantidad, al Partido Popular le corresponden 8,6 millones y al PSOE 9,5, en éste último caso porque tiene más diputados y porque, además, recibe dinero por tener dos formaciones (PSOE+PSC), lo que a efectos de la ingeniería del trinque es mucho más ventajoso.
No es ésta, sin embargo, la mayor aportación que los españoles hacemos a las arcas de las formaciones políticas, tal y como se desprende de la legislación vigente en la materia.
La norma que regula este impuesto partidista en toda regla es la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos, aprobada en las postrimerías de la primera legislatura de Zapatero. En ella, se consagra el derecho de los partidos políticos españoles a meter la mano en el bolsillo de todos los contribuyentes y recibir dinero por los siguientes conceptos:
- Subvenciones para gastos electorales cada vez que haya una convocatoria de elecciones sea cual sea su ámbito.
- Una subvención anual para cubrir los "gastos de funcionamiento" de sus estructuras burocráticas. En este concepto se engloban los 20,5 millones que antes citábamos.
- Subvenciones para gastos de propaganda cada vez que se convoque un referéndum.
- Subvenciones que por todos los conceptos anteriores conceden las comunidades autónomas, las juntas generales de los territorios vascos y los ayuntamientos a los partidos que forman parte de sus asambleas legislativas o corporativas.
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